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¿En qué instancia los postulantes pueden impugnar?

En el procedimiento establecido por la Res. N° 913/24 del ITU, existen varias instancias donde los postulantes pueden presentar impugnaciones. Cada una de estas instancias
tiene sus propios plazos y requisitos. A continuación, detallo las etapas específicas donde se permite la impugnación y en qué consiste cada una:

1. Impugnación de Aspirantes Según artículo 15 de la Res. N° 913/2024- DG-ITU

  • Momento: Después del cierre de la inscripción.
  • Plazo: 3 días hábiles posteriores al cierre de inscripción.
  • Descripción: Los postulantes pueden impugnar a otros aspirantes del concurso, presentando razones fundamentadas de carácter moral, ético, legal o cívico que cuestionen la idoneidad de otros candidatos. La impugnación debe ir acompañada de pruebas que justifiquen los motivos presentados.
  • Procedimiento: La impugnación se presenta por mail a Mesa de Entrada del ITU a la Oficina de Concursos del ITU, y los postulantes impugnados tienen la oportunidad de
  • responder mediante un descargo.

2. Impugnación del Dictamen de la Comisión Asesora (art. 26 de la Res. N° 913/2024-DG-ITU)

  • Momento: Luego de la notificación al postulante del dictamen final de la Comisión
  • Asesora.
  • Plazo: 3 días hábiles desde la notificación del dictamen.
  • Descripción: Los postulantes pueden impugnar el dictamen de la Comisión Asesora si consideran que hubo errores formales, fallas de procedimiento o criterios arbitrarios en la evaluación que afecten la objetividad y transparencia del proceso. Procedimiento: La impugnación debe ser presentada de manera escrita y fundamentada ante la Dirección General del ITU, que evaluará los motivos y decidirá si corresponde revisar el dictamen.

3. Impugnación de la Resolución Final según artículo 30 de la Resolución 913/2024.

  • Momento: Una vez emitida y notificada la resolución final que establece el orden de mérito y la designación de los docentes.
  • Plazo: 3 días hábiles desde la notificación de la resolución final.
  • Descripción: En esta instancia, los postulantes pueden impugnar la resolución final emitida por la Dirección General del ITU, argumentando cualquier irregularidad o inconformidad con el proceso en su totalidad.
  • Procedimiento: La impugnación se presenta por Mesa de Entrada del ITU ante la Dirección General del ITU, quien revisará el caso y determinará si existen fundamentos suficientes para modificar la resolución o ratificar el resultado.

Resumen de Etapas de Impugnación en el Procedimiento

Etapa Plazos Motivos de Impugnación
Impugnación de Aspirantes 3 días hábiles
post-inscripción
Ética, moral, legal o cívica, con
pruebas que sustenten la
impugnación.
Impugnación del Dictamen
de la Comisión Asesora
3 días hábiles
post-notificación del
dictamen
Fallas formales, de procedimiento o
arbitrariedad en la evaluación.
Impugnación de la
Resolución Final
3 días hábiles
post-notificación de la
resolución
Irregularidades o inconformidad con
el resultado general del proceso.

Estas instancias permiten a los postulantes cuestionar decisiones y resultados en diferentes momentos del concurso, asegurando que el proceso sea justo, transparente y se ajuste a la normativa establecida.

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