¿En qué instancia los postulantes pueden impugnar?
En el procedimiento establecido por la Res. N° 913/24 del ITU, existen varias instancias donde los postulantes pueden presentar impugnaciones. Cada una de estas instancias
tiene sus propios plazos y requisitos. A continuación, detallo las etapas específicas donde se permite la impugnación y en qué consiste cada una:
1. Impugnación de Aspirantes Según artículo 15 de la Res. N° 913/2024- DG-ITU
- Momento: Después del cierre de la inscripción.
- Plazo: 3 días hábiles posteriores al cierre de inscripción.
- Descripción: Los postulantes pueden impugnar a otros aspirantes del concurso, presentando razones fundamentadas de carácter moral, ético, legal o cívico que cuestionen la idoneidad de otros candidatos. La impugnación debe ir acompañada de pruebas que justifiquen los motivos presentados.
- Procedimiento: La impugnación se presenta por mail a Mesa de Entrada del ITU a la Oficina de Concursos del ITU, y los postulantes impugnados tienen la oportunidad de
- responder mediante un descargo.
2. Impugnación del Dictamen de la Comisión Asesora (art. 26 de la Res. N° 913/2024-DG-ITU)
- Momento: Luego de la notificación al postulante del dictamen final de la Comisión
- Asesora.
- Plazo: 3 días hábiles desde la notificación del dictamen.
- Descripción: Los postulantes pueden impugnar el dictamen de la Comisión Asesora si consideran que hubo errores formales, fallas de procedimiento o criterios arbitrarios en la evaluación que afecten la objetividad y transparencia del proceso. Procedimiento: La impugnación debe ser presentada de manera escrita y fundamentada ante la Dirección General del ITU, que evaluará los motivos y decidirá si corresponde revisar el dictamen.
3. Impugnación de la Resolución Final según artículo 30 de la Resolución 913/2024.
- Momento: Una vez emitida y notificada la resolución final que establece el orden de mérito y la designación de los docentes.
- Plazo: 3 días hábiles desde la notificación de la resolución final.
- Descripción: En esta instancia, los postulantes pueden impugnar la resolución final emitida por la Dirección General del ITU, argumentando cualquier irregularidad o inconformidad con el proceso en su totalidad.
- Procedimiento: La impugnación se presenta por Mesa de Entrada del ITU ante la Dirección General del ITU, quien revisará el caso y determinará si existen fundamentos suficientes para modificar la resolución o ratificar el resultado.
Resumen de Etapas de Impugnación en el Procedimiento
Etapa | Plazos | Motivos de Impugnación |
Impugnación de Aspirantes | 3 días hábiles post-inscripción |
Ética, moral, legal o cívica, con pruebas que sustenten la impugnación. |
Impugnación del Dictamen de la Comisión Asesora |
3 días hábiles post-notificación del dictamen |
Fallas formales, de procedimiento o arbitrariedad en la evaluación. |
Impugnación de la Resolución Final |
3 días hábiles post-notificación de la resolución |
Irregularidades o inconformidad con el resultado general del proceso. |
Estas instancias permiten a los postulantes cuestionar decisiones y resultados en diferentes momentos del concurso, asegurando que el proceso sea justo, transparente y se ajuste a la normativa establecida.